Es un procedimiento médico complejo, mediante el que se reemplaza un órgano vital o un tejido enfermo, sin posibilidad de recuperación, por otro sano, abriendo así otra posibilidad a su vida.
Sí, la utilización de un órgano para trasplante requiere que se haya mantenido condiciones de oxigenación y aporte sanguíneo adecuado hasta el momento de su extracción. Estas condiciones sólo están presentes en personas que sufren un grave daño al sistema nervioso (traumatismo de cráneo, hemorragia cerebral, etc.) y han sido internadas en las unidades de cuidados intensivos, pero que pese al esfuerzo médico, han evolucionado desfavorablemente y en las cuales se certifica el diagnóstico de muerte, manteniendo la oxigenación con el respirador y el adecuado aporte sanguíneo mediante intervenciones médicas especiales. Esta situación se presenta sólo en el 5% de las muertes, el 95% restantes fallecen por paro cardiorespiratorio irreversible en el domicilio, en la vía pública o en salas de internación general. En ellos no se mantiene la oxigenación de los órganos por lo tanto no pueden aplicarse al trasplante. Pero sí pueden utilizarse los tejidos.
En la actualidad se realizan trasplantes de:
Existe la posibilidad de trasplante con donante vivo, pero sólo ‘relacionado’, es decir con parentesco directo, para trasplante de hígado –porque puede segmentarse- y de riñón –porque tenemos dos y se puede vivir con uno.
En el caso de trasplante de médula ósea, que es un tejido renovable, el donante vivo puede no tener relación de parentesco con el receptor.
La mayoría de los órganos y tejidos para trasplante provienen de personas fallecidas.
El equipo médico que atiende a un paciente que muere, tiene la obligación –por ley- de informar al Programa Buenos Aires Trasplante que existe un posible donante de órganos.
El diagnóstico de muerte lo certifican dos médicos especializados, mediante la realización de complejas pruebas específicas que constatan la muerte del posible donante.
El cuerpo es tratado con la consideración y respeto que le corresponde. Se realiza la operación con los recaudos necesarios para las intervenciones quirúrgicas. Inmediatamente después es entregado a la familia.
A diferencia de lo que ocurre con los donantes vivos relacionados, los órganos o tejidos provenientes de un fallecido no pueden ser donados a una institución o persona predeterminada. Son destinados a los pacientes que por su gravedad clínica han sido incorporados a la lista de espera única y nacional, coordinada por el INCUCAI.
Este sistema asegura que los órganos donados se distribuyan priorizando a los que están en situación más crítica y a quienes poseen características más similares con el donante.
No. Esta práctica es imposible de llevar a cabo. Pensar en su posibilidad es desconocer la complejidad de un operativo de trasplante. La realización de un trasplante exitoso depende fundamentalmente de la compatibilidad celular entre receptor y donante. Este proceso de selección se lleva a cabo a través de un complejo mecanismo legislado e implementado mediante la lista de espera nacional. Un operativo implica la participación de más de 80 profesionales.
Cualquier expectativa de beneficio o especulación económica está severamente penada por la legislación vigente. La gratuidad de donación es un principio sostenido por esta legislación.
La Ley Nacional de Trasplante Nº 24.193 establece que cada provincia tenga su propio organismo jurisdiccional: Programa Buenos Aires Trasplante.
Esta es la institución pública dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Su función es regular, promocionar, facilitar y coordinar toda la actividad referente a la donación y el trasplante de órganos y tejidos garantizando todas las exigencias y requisitos que establece la ley vigente.